SET elaboró una guía tributaria para futbolistas y directores técnicos

Asunción, IP.-La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda elaboró una guía tributaria para futbolistas a fin del correcto cumplimiento de sus obligaciones. Jugadores, entrenadores, directores técnicos e integrantes del cuerpo técnico deben inscribirse como contribuyentes ante la Administración Tributaria.

Se inscribirán como contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) siempre que sus ingresos mensuales superen el salario mínimo y no contribuyan al régimen de jubilaciones y pensiones o a un sistema de seguridad social relacionado a esas actividades, debiendo emitir facturas, presentar mensualmente sus declaraciones juradas de IVA y abonar los impuestos correspondientes.

Se inscribirán como contribuyentes del Impuesto a la Renta Personal (IRP) cuando, además de lo anterior, sus ingresos del año 2016 superen G. 131.331.960 (equivalente a 72 salarios mínimos acumulados en el año), debiendo presentar anualmente en marzo su declaración jurada del IRP y abonar el monto resultante.

Para este efecto, se debe declarar todos los ingresos percibidos en el año, tales como sueldos, premios, primas, la parte o porción que les corresponda de la Cesión de Derechos (Transferencias), viáticos (siempre que no deban rendir cuentas al club sobre su uso), ingresos por contratos de publicidad, sponsor, modelaje, uso de marcas, etc.

Los futbolistas afectados por el IVA deben llevar libros de ventas y de compras conforme al modelo establecido en la Resolución N°1560/06 (Anexo) en las que se anotarán las transacciones realizadas. Si es sujeto del IRP, los futbolistas deberán llevar el libro de Ingresos y Egresos, conforme al modelo establecidos en los anexos de la Resolución General N° 83/2012.

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