Asunción, IP.-Américo Pereira, director de procedimientos aduaneros, señaló este miércoles a Radio Nacional, que el sistema implementado desde el 2014 en las Aduanas para compras realizadas vía internet, permiten un control que evita la evasión fiscal en las transacciones realizadas por este medio.
Según señaló el responsable del área, el sistema para retiro de mercaderías se encuentra vigente desde el año 2014 y que el mismo no ha variado ni se ha modificado en cuanto al cobro de impuestos, ya que los mismos se encuentran fijados por la misma ley.
“La única diferencia actualmente, es la presentación de un comprobante de pago que justifique lo que la persona declare como compra vía internet. Es por ello que la persona al contratar el servicio de compra vía courier debe proveer a esta el comprobante de compra, para que la misma realice los trámites respectivos”
El sistema aduanero prevé como obligatoriedad para el ciudadano de compra casual la declaración de sus datos personales y el tipo de mercadería, cantidad, valor y un comprobante de pago. Es decir, que si compró una carcasa para celular por diez dólares, debe declarar este monto y presentar el comprobante que la empresa donde compro como Amazon por ejemplo, les genera el documento, explicó Pereira.
“El impuesto es el mismo que se viene pagando desde el 2014, está en la ley no podemos modificar nada, la única diferencia es que lo que se declara se puede acreditar con documentos factura o comprobante de pago” indicó.
La aduana expide el comprobante por el pago del impuesto y le expide a la empresa courier, esta tiene la estructura informática para que pueda imprimir los comprobantes a cada persona que paga sus impuestos. La estructura informática fue creada de común acuerdo entre la aduana y las empresas de mensajería autorizadas, como relacionadas a la actividad aduanera.
Las personas que compran en forma casual tienen un límite de hasta cien dólares para la aplicación del impuesto aduanero. Si una persona compra un articulo por el valor de cien dólares o menos, se le libera del impuesto aduanero, solo se le aplica el IVA que es de un 13% tal cual figura en la reglamentación aduanera, donde refiere que la base imponible se incrementa en un 30% , al no tratarse de una empresa que solo paga el diez por ciento de IVA.
No obstante, el régimen permite compras hasta por 1000 dolares a cada persona, pero con el cobro ya del impuesto aduanero y del IVA. La tasa aduanera varía de acuerdo al tipo de producto que se haya comprado como por ejemplo en el caso de una computadora estaría rondando el 4%.
Si uno compra varios artículos, el sistema informático va distinguiendo los montos por cada artículo y si no tienen un volumen comercial. Aclaro que se han detectado casos de personas que “artificiosamente” han intentado ingresar cierta cantidad de artículos que ya no responden a un uso personal.
Pereira mencionó que esto no es una cuestión que pase por meros antojos que muchas veces las personas refieren, sino tiene que ver con una cuestión meramente técnica y profesional “ se debe pagar impuestos por las cosas que se compran como ocurre en todos los países del mundo”.
Señaló que existe una variedad inmensa de productos que son traídos al Paraguay desde prendas de vestir pasando por artículos electrónicos y accesorios de celulares.
“Lo que hay que decir es que no ha variado nada absolutamente, todo se sigue haciendo de la misma manera, muchas empresas de courier te cobran una cantidad de dinero por kilogramo y te dicen que ellos absorben el impuesto, lo que se debería de hacer es transparentar todos los costos, desde gastos aéreos entre otros, para que la persona entienda que es lo que se está abonando”, puntualizó el funcionario.
Reitero además que se trata de una exigencia aduanera, ya que mucha gente no entiende porque debe entregar sus facturas al Courier para el retiro de sus productos.
Finalmente, señaló que existen otros regímenes para la compra de otro tipo de mercaderías o productos como por ejemplo el traer un vehículo del exterior. En ese caso pasa al régimen general de importación que le permite realizar una vez al año este tipo de transacción.
Las compras personales se encuentran en los denominados “envíos urgentes” .