Ejecutivo solicita tratamiento urgente de proyecto de transparencia en sociedades anónimas

Asunción, IP.- El Poder Ejecutivo solicitó, este martes, a la Cámara de Diputados el tratamiento rápido del proyecto de ley que establece reglas de transparencia en el régimen ac­cionario de las sociedades anónimas. Con esto se buscará transparentar el sistema financiero y luchar contra el lavado de dinero.

El pedido fue hecho por el jefe de Estado, Horacio Cartes al titular de Diputados, Hugo Velázquez, durante una reunión en Mburuvicha Róga, de la que participó también el presidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Fernández y el ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Oscar Boidanich.

En conferencia de prensa, Velázquez comentó que llevará al seno de la Cámara la solicitud del Ejecutivo para procurar analizar esta semana o en la siguiente ya que se tiene dictamen de varias comisiones asesoras.

“Esta es una ley muy importante que nos ayudará a transparentar el sistema financiero y en la lucha contra el lavado de dinero. Con esto las sociedades anónimas pasarán a tener títulos nominativos”, explicó el parlamentario.

A su turno, el ministro de la Seprelad dijo que solo tres países en el mundo Grecia, Turquía y Paraguay siguen teniendo acciones al portador y resaltó la importancia de esta normativa para cambiar esa imagen.

Indicó además que en el país existe más 2.000 sociedades anónimas y menos del 50 por ciento están funcionando, eso significa que hay muchas de fachadas para cometer delitos.

Carlos Fernández, por su parte, manifestó que esto es una forma de adaptarnos a las normas internacionales de prevención del lavado de dinero y que Paraguay tiene que jugarse por las reglas mundiales si quiere seguir atrayendo inversiones.

“Creemos que con la aprobación de esta ley va facilitar al Paraguay la evaluación en el 2018 en términos de su voluntad de lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento terrorista», refirió el presidente del BCP.

El proyecto de ley establece las sociedades anónimas, de la República del Paraguay cuyo capital ac­cionario estuviere representado por acciones al portador, dispondrán del término de un año a contar de la promulgación de la presente Ley, para convertir necesariamente el capital accionario en acciones nominativas pertenecientes a personas físicas.

Vencido dicho plazo sin haber sustituido la totalidad de su capital accio­nario por acciones nominativas, las sociedades se considerarán disueltas de pleno derecho a todos los efectos legales.

Las acciones al portador que no hayan sido presentadas para su conver­sión no podrán trasmitirse, ni posibilitarán ejercer los derechos inherentes a las mismas.

 

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