Modificación le dará seguridad jurídica a los contratos, según economista

Asunción, IP.- El economista Amílcar Ferrerira afirmó este viernes que la modificación del artículo 52 de la Ley de Alianza Público-Privada, decidida este último jueves por la Cámara de Senadores, brindará seguridad jurídica a los contratos que se celebren bajo este mecanismo, al incorporar la aprobación tanto del Poder Ejecutivo como del Legislativo.

«Al tener aprobación del Ejecutivo y luego del Congreso estos contratos no van a poder ser cuestionados de ninguna manera», afirmó Ferreira al destacar que con la decisión tomada en la víspera por los senadores el Congreso restablece su potestad constitucional que había cedido al Ejecutivo.

«Cuando se aprobó la ley, el artículo 52 le otorgó al Ejecutivo la potestad de negociar y firmar por sí y ante sí los contratos. Con eso el Congreso prácticamente renunció a la potestad de aprobar esos contratos que son de largo plazo y que van a comprometer eventualmente recursos fiscales, estableciendo una clara diferencia con el endeudamiento externo que se aprueba caso por caso, proyecto por proyecto», dijo Ferreira.

«Cuando se aprobó de esta manera varias voces importantes del Congreso declararon que esto era inconstitucional, entre ellos el presidente del primer partido de oposición el PLRA (Miguel Abdón Saguier). Cuando el primer partido de oposición te dice que es inconstitucional genera una inseguridad jurídica porque si la correlación de fuerzas políticas cambia en un futuro eventualmente un nuevo gobierno podría ir a la justicia y atacar de inconstitucionales esos contratos y dejarlo sin efecto», consideró.

Ferreira afirmó que con la aprobación parlamentaria para los contratos de APP, más que dificultar le va a dar seguridad jurídica que hasta ayer la ley no tenía al no recibir esa aprobación parlamentaria».

Añadió que «la razón por la cual no han venido muchos inversores hasta ahora ha sido justamente esta falta de seguridad jurídica debido a que fuerzas políticas muy importantes cuestionaban y calificaban de inconstitucional la ley».

De ser confirmada esta modificación en la Cámara de Diputados, el economista recomienda que se adopten medidas para asegurar que los proyectos vía APP tengan un tratamiento dinámico.

Consideró que un mecanismo aplicable sería una figura de fast track o vía rápida que establezca un plazo de aproximadamente 90 días para que el Congreso analice y tome una decisión sobre los proyectos de APP remitidos desde el Ejecutivo.

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