Habilitan inscripciones para programa de apoyo a repatriados emprendedores

Asunción, IP.- La Secretaría de Desarrollo para Repatriados (Sederrec) habilitó una nueva convocatoria de inscripción para los compatriotas que deseen postularse al Programa de Apoyo a Repatriados Emprendedores.

Estarán habilitadas 80 plazas para la recepción de solicitudes vía web en la página de la secretaría. El plazo de inscripción es hasta este martes 26 de setiembre a las 10:00.

Esta es la cuarta convocatoria de este tipo que la Sederrec realiza en el año. En la última ocasión unos 25 connacionales recibieron capacitación y asistencia para el desarrollo de pequeños emprendimientos.

Los inscriptos tendrán tiempo hasta el 3 de octubre para acercar los documentos requeridos a la sede de la Sederrec, en Mcal Estigarribia entre Pa´í Pérez y Curupayty, o en cualquiera de sus 15 oficinas regionales.

El proceso inicia con talleres de capacitación y selección, con entrevistas individuales y visitas al sitio de aplicación de los emprendimientos.

El programa de apoyo a los repatriados cuenta además con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Hasta la fecha el programa ha capacitado a más de 700 ciudadanos que retornan al país, de los cuales cerca de 400 fueron beneficiados con entrega de subsidio.

Requisitos

Los interesados en inscribirse deberán observar previamente las siguientes condiciones:
–  Ser de nacionalidad paraguaya;
–  Mayor de edad;
–  Tiempo de estancia: haber residido como mínimo 6 meses en el exterior.
–  Tiempo de retorno: en el momento de la inscripción, no tener más de 10 años de haber retornado al país.
–  Inversión propia: el emprendimiento debe contar con una inversión ya realizada por cuenta propia del emprendedor;
–  Participación de familiares: no haber recibido subsidio ningún miembro de la familia nuclear,
–  Deudas: dar su consentimiento para la evaluación del historial en Informconf y no contar con demandas por deuda;
–  El emprendimiento debe ser una actividad lícita y estar enmarcado en la definición de micro empresa (MIC). No se aceptarán inmobiliarias, aseguradoras, intermediación financiera y profesiones liberales según Ley 4.457 de Mipymes.

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