Asunción, IP.- El Ministerio de Hacienda aclara a la ciudadanía que los adultos mayores que requieran ser beneficiados con la Ley que otorga la pensión alimentaria deberán ser censados en su oportunidad, de manera a ser identificados y seleccionados como potenciales beneficiarios para recibir el subsidio del Estado.
Asimismo informaron que los adultos mayores serán censados en sus domicilios del distrito donde se inscribió.
La Ley Nº 3728/2009, “Que establece el derecho a la pensión alimentaria para las personas adultas mayores en situación de pobreza” es exclusivamente para las personas de 65 años en adelante, paraguayo natural y residentes en el país.
El censo permitirá al Ministerio de Hacienda relevar las condiciones de vida de los adultos mayores, una vez procesado dicho relevamiento y si los resultados lo califican como potenciales beneficiarios de la pensión alimentaria, serán seleccionados de conformidad a las normativas vigentes para el efecto.
Las Municipalidades a través de las autoridades locales tienen a su cargo el registro de los adultos mayores que soliciten la pensión alimentaria y la remisión de dichos datos al Ministerio de Hacienda para la prosecución de los trámites.