Asunción, IP.- Tras un largo debate, los diputados aprobaron con varias modificaciones la Ley General de Bancos y Financieras, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores.
Fue durante la sesión ordinaria desarrollada en la tarde de este miércoles 9 de diciembre.
El proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo tiene como objetivo fortalecer el sistema financiero estable, a través de la actualización de la legislación actual, para obtener un desenvolvimiento adecuado del sistema financiero.
Los artículos 86 que habla sobre las excepciones al deber del secreto; y el 95 que detalla los juicios universales, motivaron muchas críticas por lo que se pidió su modificación.
“En cuanto al artículo 86, nosotros sabemos que los agentes fiscales pueden abrir una carpeta fiscal, no es necesario que le notifiquen a nadie. Es más, cuando una persona se entera de que es investigada y piden los datos, no se les entrega esos datos, pese a un recurso de habeas data contra los fiscales. Y en este caso, el fiscal, fuera de todo proceso judicial, puede quebrar el sigilo bancario y utilizar esos datos como a él se le ocurra”, detalló.
Agregó que entonces le estarán dando, en el inciso G, un supra jurisdiccional y esto violenta todo principio del debido proceso. “En el inciso D, estipula que las máximas autoridades de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) y el Ministro de Hacienda no pueden quebrar el sigilo bancario. Y en la Ley no contempla quienes son las máximas autoridades de la SET y la distribución de los cargos. Por lo tanto, esto debe ser modificado”, indicó el diputado Bernardo Villalba.
Dijo además que se debe hacer un estudio mucho más exhaustivo y que con estos cambios se les estará dando más potestades al Banco Central del Paraguay (BCP) para el control.
Por su parte el legislador Edgar Acosta refirió que con esta posibilidad se les dará mucho más poder a los funcionarios ante los empresarios del sector financiero.
“Tenemos que cuidar que después esto no se convierta en corrupción. Hay un punto principal que debemos tener en cuenta, que después esto no se convierta en un acuerdo con el sector privado para sacar ventaja (por parte de los funcionarios). La información en el Banco Central es poder. Tenemos que buscar la forma de cuidar los intereses y evitar abusos que ya existieron”, manifestó.
A su turno, el diputado Julio Javier Ríos, sostuvo que con este proyecto se está rompiendo el principio de igualdad que establece la Constitución, en el artículo 95, puesto que se debe guardar el debido proceso.
“Es decir, en cada proceso ante los tribunales, todas las personas, ya sean personas físicas o jurídicas, o el mismo estado, tienen que tener los mismos derechos. Si hoy aprobamos, tal cual, el artículo 95, estaremos dando privilegios a los bancos y entidades y no a las demás personas. Entiendo que este artículo trasgrede las normas constitucionales”, sentenció según informa prensa de la Cámara de Diputados.
De esta manera, el artículo 86 quedó modificado y establece que el deber de secreto no regirá cuando la información sea requerida por el Banco Central del Paraguay; la autoridad judicial competente; el Contralor General de la República; la máxima autoridad de la Subsecretaría de Estado de Tributación; la Dirección Nacional de Aduanas; la máxima autoridad de la Comisión Nacional de Valores; las entidades de crédito que intercambian información con el Banco Central del Paraguay; la Fiscalía General del Estado; y la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).
En cuanto al artículo 95, el pleno de la Cámara Baja decidió testarlo, finalmente.
El documento aprobado con algunas modificaciones vuelve al Senado para su consideración.