Asunción, IP.- La Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi) informó que las entidades de gestión colectiva, que manejan los derechos de autor y conexos, deberán ajustarse a lo dispuesto por el Código Electoral.
Esto significa que las entidades de gestión colectiva deberán aplicar el sistema de listas cerradas para la elección de autoridades. Además deberán aplicar el principio de representación proporcional en relación a las distintas categorías de socios y el sistema D’Hdont para la distribución de los cargos en cuerpos colegiados.
Igualmente deberán poner a disposición de la DINAPI, a los efectos de confeccionar el padrón electoral, un listado actualizado de socios, de modo a avalar el cumplimiento de las exigencias legales, estatutarias y reglamentarias.
Esto se enmarca en el proceso de fiscalización de la DINAPI a las sociedades de defensa de derechos patrimoniales (de autor) autorizadas por el Estado para ejercer tal labor.
Algunas de las sociedades de gestión colectiva que operan en el país son: “Autores Paraguayos Asociados” APA, “Entidad Paraguaya de Artistas Intérpretes o Ejecutantes” AIE Paraguay, y la “Sociedad de Gestión de Productores Fonográficos del Paraguay” SGP.
Por medio de resolución Nº 02/2017, la Dinapi señala que estas entidades deben observar lo dispuesto en los artículos 118, 119, y 120 de la Constitución Nacional; en los Art. 2, 3, 4, 7 y concordantes de la Ley N° 834/96 que establece el Código Electoral, y en la Ley 1328/98 que en su Art. 141 prevé “el derecho de participación apropiado en las decisiones de la entidad”.
Los órganos directivos y de administración de las sociedades deben estar integradas por representantes de las distintas categorías de socios sin perjuicio de las modificaciones y adecuaciones estatutarias que posteriormente se deban realizar, informa la Dinapi.