Asunción, IP.- Más de 1000 acuerdos laborales entre mujeres trabajadoras y patronal, se consiguieron en el 2018, gracias a la mediación de la Dirección del Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess).
Los acuerdos significaron 1.243.914.818 de guaraníes en monto percibido por las mujeres mediante las audiencias de mediación.
Según informaciones en el 2018 un total de 1.467 mujeres se presentaron a reclamar sus haberes devengados e indemnizaciones en la Dirección del Trabajo y mediante el Departamento de Mediación en Conflictos Individuales se solucionaron el 52% de los casos, mientras que el 48% no hubo acuerdo de las partes.
La directora general de Trabajo, Karina Gómez, explicó que en los casos de Desistimiento de Acción y de Instancia se dieron cuando las trabajadoras o empleadas presentaron por escrito que desisten de la acción tras haber llegado a un acuerdo privado con el empleador después de que éste haya recibido la notificación de mediación.
Resaltó también que en el año 2018 se superó el monto percibido por las trabajadoras en concepto de haberes e indemnizaciones, ya que en el 2017 solo cobraron 378.762.062 guaraníes.
Procedimiento
El trabajador recurrente puede presentarse en forma personal o a través de un profesional, con carta poder, ante la Dirección de Trabajo en el Mtess (Luis Alberto de Herrera y Paraguarí) en el área de Liquidaciones, a los efectos de obtener el cálculo de sus haberes devengados y beneficios sociales por despido, renuncia o retiro justificado u otros conceptos.
En el caso de que el trabajador decida denunciar, debe acercarse al Área de Denuncias, con la copia simple de su cédula de identidad. El encargado de la recepción de la denuncia procede a llenar el formulario de denuncias estándar del sistema informático del Mtess, por el cual se genera un número de expediente digital y se imprime la primera cédula de notificación pertinente, a fin de invitar al empleador a comparecer a una audiencia de mediación abierta al diálogo, proceso voluntario y gratuito de la autoridad administrativa del Trabajo.
Para los casos de incomparecencia del empleador o el trabajador, se puede expedir una segunda cédula de notificación, con 48 horas de anticipación a la audiencia, cabe resaltar que cuando los empleadores no se presentan a las audiencias, los trabajadores solicitar la inspección y fiscalización de las empresas.
Si las partes llegan a un acuerdo satisfactorio, se labra un acta de acuerdo de partes, firmada por el Mediador interviniente y las partes.