Asunción, Agencia IP.- El Gobierno del Paraguay, a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), da cumplimiento a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con respecto al caso de la Comunidad Indígena Xákmok Kásek. En este contexto, se procedió a la difusión de la sentencia en lenguas indígenas.
En el marco de su participación en la Comisión de Seguimiento de Cumplimiento de Sentencias Internacionales (CICSI), el MITIC llevó adelante la difusión de la sentencia de la Corte IDH en el caso Comunidad Indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay.
Esta acción responde a la iniciativa de garantizar que la decisión internacional sea accesible y comprendida por las comunidades involucradas.
Con esta intervención, el Estado paraguayo reafirma su compromiso con la protección de los derechos humanos y el respeto a la diversidad cultural. La sentencia, a través de un resumen, fue divulgada en cuatro lenguas: sanapaná, enxet, guaraní y español.
Las acciones realizadas incluyeron la publicación en redes sociales oficiales y en los medios del Estado, como Paraguay TV, Radio Nacional AM, Radio Nacional ZP12 Pilar y Radio FM San Pedro. La difusión también se realizó en radios del Chaco y radios comunitarias indígenas, asegurando el acceso a la información en comunidades afectadas.
Además, el MITIC produjo materiales audiovisuales y radiales en las lenguas mencionadas, cumpliendo con lo establecido en la sentencia y fortaleciendo la inclusión comunicacional. Estas grabaciones se realizaron en comunidades del Chaco paraguayo, dando participación a profesionales indígenas.
“Porque la diversidad lingüística también es justicia”, esta premisa propone que las comunidades indígenas tengan acceso pleno a la información sobre sus derechos y las decisiones internacionales que las involucran.
La Corte IDH dictó en agosto del 2010 un fallo contra Paraguay en abordaje a la violación de los derechos de la comunidad indígena Kákmok Kásek, perteneciente al pueblo Sanapaná. El fallo se centró en la falta de reconocimiento de sus tierras ancestrales en el Chaco y en la ausencia de medidas estatales para garantizar condiciones mínimas de vida digna.
Durante décadas, el Estado ignoró las solicitudes de titulación y permitió la explotación forestal sin consentimiento, lo que deterioró el ambiente y los recursos naturales esenciales para la subsistencia de la comunidad.
En su sentencia, por citar algunos puntos, la Corte ordenó la delimitación y titulación de las tierras, la protección frente a intrusiones externas, la compensación económica por daños sufridos y la implementación de medidas concretas para mejorar la calidad de vida. También exigió reconocimiento público de la responsabilidad del Estado paraguayo en este caso.
Más información y acceso a la sentencia completa a través del link: https://youtu.be/JwGKEJ8rDLc?si=uc4iWHQSP1CI_bV3
