Asunción, Agencia IP.- La Cámara de Senadores aprobó este miércoles el proyecto de ley de reforma del transporte público, con las modificaciones introducidas en Diputados respecto a la amplíación de los distritos de aplicación y las condiciones de operación del servicio. El proyecto de ley pasa al Poder Ejecutivo para su consideración.
El proyecto de ley aprobado organiza la elaboración de políticas para la prestación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros, estableciendo nuevos principios rectores y un marco regulador con orientación a la calidad y bienestar de personas usuarias.
Fideicomiso
La ley crea un “Fideicomiso de Administración del Financiamiento del Servicio de Transporte Público de Pasajeros”, que tendrá a su cargo la administración de los recursos para el financiamiento del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros, incluyendo el pago a prestadores del Sistema Nacional de Billetaje Electrónico. Este fideicomiso será administrado por la Agencia Financiera de Desarrollo.
Regulación del servicio
En cuanto a la regulación de la prestación del servicio, se contemplan cuatro componentes separados, incluyendo la provisión de flota, provisión de infraestructura, operación de las unidades funcionales y los servicios complementarios necesarios para la operación. Cada componente del servicio podrá licitarse públicamente de manera separada o combinada.
Así también, indica que el Ministerio de Obras Públicas será el órgano regulador del servicio, y que a través del Viceministerio de Transporte junto con otras instituciones competentes velará por el estricto cumplimiento de las normas laborales que afectan al personal de los prestadores.
Se contempló que en los casos de que un operador del servicio asuma la concesión de una unidad funcional «deberá incorporar a todos los trabajadores que hayan prestado servicios por al menos los dos últimos años y queden cesados del operador anterior» y se elimina la facultad del nuevo operador de llevar a cabo una evaluación de idoneidad de los conductores.
Igualmente, se incluye que los contratos para la provisión de servicios, además de tener un máximo de 15 años según el proyecto original, deberán tener una duración mínima de 7 años.
Por otro lado, la ley establece que la política tarifaria incluirá los costos de los diversos servicios y modos de transporte público con el objeto de facilitar el logro de una sola tarifa al usuario o pasaje integrado incluyendo eventuales trasbordos.
Ampliación del Área Metropolitana de Asunción
En la versión de Diputados se estableció como Área Metropolitana de Asunción, además de la Capital, a Areguá, Benjamín Aceval, Capiatá, Fernando de la Mora, Guarambaré, Itá, Itauguá, José Falcón, J. Augusto Saldívar, Lambaré, Limpio, Luque, Mariano Roque Alonso, Nanawa, Nueva Asunción, Nueva Italia, Ñemby, San Antonio, San Lorenzo, Villa Elisa, Villa Hayes, Villeta, Ypacaraí, Ypané, Altos, Emboscada, Loma Grande, San Bernardino, Nueva Colombia, Atyrá, Tobatí y Caacupé.
