Declaración de emergencia educativa con media sanción en Diputados

Asunción, IP.- La Cámara de Diputados  aprobó la ley “Que declara en situación de emergencia la infraestructura física de las instituciones educativas de gestión oficial de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional”, por dos años.

En la sesión anterior, la emergencia educativa ya había sido aprobada en general, sin embargo este miércoles estudiaron cada artículo de la norma.

La mencionada ley declara en emergencia la infraestructura física de las instituciones educativas oficiales por dos años, y las entidades que administran los fondos deberán remitir informes semestrales a la Contraloría, al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Hacienda.

Asimismo establece que  “los comités de emergencia educativa estarán integrados por el director de la institución; un representante de los docentes; un representante de los estudiantes de la educación media; y un representante de los padres de estudiantes de cada institución educativa”.

Expresa que los comités de emergencia educativa, conjuntamente con las gobernaciones, supervisores departamentales e intendentes municipales, serán los responsables de realizar el diagnóstico de la situación actual de las instalaciones educativas; proponer las acciones a ser llevadas adelante y ejercer el control y la fiscalización de las obras realizadas en el marco de la declaración de emergencia”.

Además  se faculta al Ministerio de Educación y Cultura a gestionar los recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Ley.

Y en caso de incumplimiento, los responsables de la ejecución de los programas y proyectos serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley Nº 5.581/2016, “Que modifica los artículos 5º y 8º de la Ley Nº 4.758/12, que crea el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide), y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación”.

Por pedido del diputado Sergio Rojas, de modo a salvaguardar la descentralización, según enfatizó, se decidió testar la posibilidad de que el Ministerio de Hacienda realice modificaciones al presupuesto destinado para emergencia educativa; sin embargo, la cartera de Estado podrá solicitar ampliaciones “única y exclusivamente para el aseguramiento en tiempo y forma de los recursos necesarios para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la presente ley”.

La mencionada ley establece que el Ministerio de Educación y Cultura, los gobiernos departamentales y municipales, podrán realizar contrataciones  por la vía de la excepción en para la construcción, mantenimiento y equipamiento de los centros educativos públicos.

En relación a la responsabilidad civil de las empresas constructoras que tienen a su cargo el mejoramiento de las escuelas, por iniciativa de los diputados Julio Javier Ríos y Eber Ovelar , se agregó que las clausulas para casos de incumplimiento total o parcial estarán sujetas por el Código Civil y otras normas relativas a sanciones.

De esta manera, el documento tuvo media sanción de la Cámara de Diputados y fue remitido a la Cámara de Senadores para el correspondiente estudio.