Contribuyentes deben actualizar sus datos del RUC conforme terminación

Asunción, IP.- Una vez al año, los contribuyentes deben convalidar o actualizar los datos declarados en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), conforme al calendario establecido por la Resolución General N° 99 de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), que asigna un mes específico en virtud de la terminación del RUC.

Así por ejemplo, la terminación 3 corresponde a marzo, la 4 a abril, la 5 a mayo, la 6 a junio, la 7 a julio, la 8 a agosto, la 9 a setiembre, la 0 a octubre, la 1 a noviembre y la 2 a diciembre.

La convalidación o actualización de datos es obligatoria para que los contribuyentes puedan acceder a las opciones disponibles en el Sistema Marangatu.

La SET, a través del Buzón Electrónico Tributario Marandú, recordará esta situación a cada contribuyente, al inicio del mes que corresponda.

Cabe recordar que la Administración Tributaria emitió la Resolución General N° 99, por la cual reglamenta aspectos relativos a la actualización de datos y a la cancelación del RUC. La misma puede ser consultada en la Sección Normativas del portal de la SET (www.set.gov.py).

Para cualquier consulta comuníquese al call center 417-7000 o al correo electrónico consulta@set.gov.py