Corte falla a favor del Estado y evita pago de millonaria indemnización

Asunción, IP.- La Corte Suprema de Justicia emitió recientemente un fallo favorable al Estado paraguayo, que hace posible un millonario ahorro para el erario público, en el caso de la demanda de resolución de contrato e indemnización de daños y perjuicios que promovió la firma Cal Agro S.A. en el 2009 contra la Industria Nacional del Cemento (INC).

A continuación se reproduce el comunicado emitido este jueves por la Procuraduría General de la República:

La Corte Suprema de Justicia, por acuerdo y sentencia N° 73 de fecha 6 de julio de 2018, puso fin a un litigio entablado en el año 2009 por la firma Cal Agro S.A. contra la Industria Nacional de Cemento (INC).

En el juicio se pretendía la terminación de un contrato arrendamiento y explotación de la fábrica y cantera de Vallemí para la producción de cal agrícola, por un aparente incumplimiento atribuido a la cementera estatal, con causa en lo cual la parte demandante exigía la fijación de una escandalosa condena al Estado Paraguayo en concepto de indemnización de daños y perjuicios.-

La demanda de Cal Agro S.A. se centró en que el contrato había sido incumplido por la INC, entre otras cosas a raíz de la falta de entrega del inmueble que constituía su objeto, lo que daría lugar a que se declare su resolución. Al mismo tiempo, se alegó que éste incumplimiento determinó un supuesto daño a la empresa que fue cuantificado en la absurda suma de ₲ 171.426.234.800, monto sobre el cual se pidió además el pago de intereses y costas.

Los abogados de la INC y los de la Procuraduría General de la República (PGR), al ejercer la defensa de los intereses estatales en todas las instancias, advirtieron a los magistrados que los documentos de que se sirvió la parte actora eran demostrativos de sus propios incumplimientos y no justificaban siquiera la existencia de un proyecto de construcción para la puesta en funcionamiento de la planta industrial, el otorgamiento de las garantías exigidas y, en definitivas, inversión alguna en pos del contrato, por lo que fueron agotadas las instancias judiciales para hacer notar que la demanda presentaba como único fin la obtención de una indemnización totalmente abusiva, sin causa alguna y sin criterio jurídico ni razonable.

Sobre la base de estos argumentos, la Sala Civil de la máxima instancia judicial, en fallo totalmente ajustado a derecho, determinó que las pruebas arrimadas al expediente, lejos de permitir una imputación de responsabilidad a la INC o al Estado Paraguayo, solo llevan al convencimiento de que en realidad fue la firma Cal Agro S.A. la que incumplió las obligaciones con las que quedó comprometida por aquel contrato, circunstancia que le impedía colocarse en el rol de demandante de la resolución de un contrato y le desautorizaba a requerir el pago de un resarcimiento por daños y perjuicios, rechazándose totalmente la demanda, con costas.-

De ésta manera, la Corte Suprema de Justicia acaba por confirmar la decisión del juzgado de 1ª instancia en lo civil y comercial del 13er turno, SD N° 149 de fecha 07 de abril de 2014, que ya había resuelto no hacer lugar a la demanda promovida por Cal Agro S.A., y revoca el fallo del Tribunal de Apelación de la 3ª Sala, que había condenado injusta e infundadamente a la INC a abonar a la firma Cal Agro S.A. la suma ₲ 74.250.373.120, más los intereses desde la fecha  de iniciación  de la demanda, con costas.

El pronunciamiento constituye otro hito más en la historia de la defensa de los intereses patrimoniales de la República, no solo porque tiene un impacto económico significativo que es inmediato y muy tangible, pues se logró impedir que a través de un proceso judicial se genere una obligación dineraria multimillonaria, sin precedentes en relación a la cuantía, más aún si se toma en cuenta la condena que se evitó y se aplican, sobre ella, 9 años de intereses, costos y costas.

De igual manera, contribuye al reconocimiento del valor del trabajo diario de los profesionales abogados de la función pública que, desde la INC y la PGR, han empleado coordinadamente todo sus esfuerzos y sus conocimientos, durante 9 años de incansable trabajo, en salvaguarda de los legítimos intereses del Estado Paraguayo.-

Por lo demás, la resolución de la Corte Suprema contribuye a seguir desalentando la práctica de crear artificialmente enormes obligaciones para el Estado Paraguayo en razón de sentencias construidas sobre la base de procesos judiciales sin contenido, que no hacen otra cosa que desviar injustificadamente el destino que debe tener el dinero de los contribuyentes.