Corte anula sentencia a campesinos condenados por masacre de Curuguaty

Asunción, IP.- La Corte Suprema de Justicia anuló la sentencia contra 11 campesinos acusados por los hechos del 15 de junio de 2012 en la localidad de Curuguaty, al concluir que no existen evidencias claras para atribuir la responsabilidad personal de los acusados en los hechos.

La sala penal de la Corte dio lugar al recurso de casación introducido por la defensa y consideró que existió “deficiencias justificativas que hacen imposible atribuir la responsabilidad personal de los acusados”, informó el Dr. Emiliano Rolón, uno de los tres jueces de la sala penal.

Rolón señaló que es posible ubicar a cada participante en el escenario de los hechos, pero “no hay evidencias claras que relacionen directamente a los acusados con la realización de los hechos”.

La aceptación de la casación y revocación de la condena fue por voto unánime, señaló Rólon. A partir de la resolución, cuatro de los condenados que seguían detenidos en el Penal de Tacumbú deberán ser liberados, no hay lugar para otro juicio, agregó en declaraciones a Radio Cardinal.

El grupo de 11 personas había sido condenado por los hechos del 15 de junio de 2012, donde fallecieron 17 personas (11 campesinos y 6 policías) en un enfrentamiento armado entre fuerza de seguridad y campesinos durante un operativo de desalojo en Marinas Cué, localidad de Curuguaty en el departamento de Canindeyú.

El 11 de julio de 2016, los 11 acusados recibieron condenas de entre 4 a 35 años por los hechos punibles de homicidio doloso, asociación criminal e invasión de inmueble ajeno. De los condenados, 4 permanecen en prisión

En aquella oportunidad el tribunal conformado por los jueces Ramón Trinidad Zelaya, Benito Ramón González y Samuel Silvero declaró probado en juicio los presupuestos de la punibilidad de la conducta de los acusados.

Fueron condenados: Ruben Villalba a 35 años, Luis Olmedo Paredes a 20 años, Arnaldo Quintana y Néstor Castro a 18 años, Lucía Agüero, María Fanny Olmedo Paredes y Dolores López a 6 años, y Felipe Benítez Balmori, Adalberto Castro, Juan Carlos Tillería y Alcides Román a 4 años de prisión.