Aquellos que ganen G. 6,3 millones al mes serán nuevos contribuyentes del IRP

Asunción, IP.- Las personas que este año obtengan ingresos o utilidades por valor de  76.052.232 de guaraníes o más, pasarán a formar parte de la lista de contribuyentes que tributan el Impuesto a la Renta Personal (IRP).

Las personas cuyo salario mensual superen 6,3 millones de guaraníes ya deben inscribirse. El impuesto se paga recién al año siguiente, se calcula restando los gastos (documentados) de los ingresos o cobros y se le aplica a la diferencia una tasa de 10% u 8%, según el caso.

En entrevista en el programa Tribuna, emitido por Paraguay TV HD Digital, el viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Fabián Domínguez, explicó que este rango de incidencia de 36 salarios mínimos como estaba previsto para este año, ya no bajará en 2020, se mantendrá.

Los ingresos que se tienen en cuenta para pagar el tributo son los provenientes de salarios, sueldos, sobresueldos, jornales, horas extras, participaciones, asignaciones, honorarios y demás remuneraciones personales; el 50% de los dividendos, utilidades y/o excedentes distribuidos; la venta ocasional de inmuebles (en condiciones), cesión de derechos, ventas de títulos, acciones y cuotas de capital de sociedades; intereses o rendimientos de capitales.

Informó además que este rango de incidencia también afecta a aquellos contribuyentes del IVA que, por dar un ejemplo, perciben mensualmente un salario mínimo (G. 2.112.562) y que a mediados del año venden un inmueble de su propiedad que obtuvo por herencia, y el monto supera los G. 76.000.000. Entonces el contribuyente tiene la obligación de inscribirse al IRP, pese a que posteriormente siga percibiendo el ingreso equivalente a un salario mínimo.

Al cabo de dos años, si no alcanza el rango de incidencia, puede retirar su inscripción al IRP y formar parte de los contribuyentes que tributan IVA nuevamente, según detalló el viceministro.

Es importante que el contribuyente tenga conocimiento de todo lo que implica ser contribuyente del IRP. En ese sentido el viceministro resaltó que todas las informaciones necesarias están al alcance de las personas interesadas en el portal web de la SET. “Quienes son afectados por el IRP, qué gastos se pueden deducir en el IRP, entre otras cosas pueden encontrar en el sitio” subrayó.

Digitalización del cumplimiento tributario

El titular de la cartera tributaria comentó de paso que la “digitalización del cumplimiento tributario” es el próximo hito su gestión al frente su administración. Destacó que al momento ya se encuentran disponibles las facturas electrónicas; hay 14 facturadores electrónicos emitiendo este tipo de comprobantes, y también facturadores virtuales, para el caso de los prestadores de servicios de carácter personal.

Controles tributarios

Entre otros temas, el viceministro comentó que durante el ciclo de verano los controles en los comercios no cesan, sino que por el contrario, masifican en los comercios que se encuentran en las ciudades consideradas capitales del verano.

“Los funcionarios de la SET, están visitando los comercios ubicados en San Bernardino y Encarnación, sin ningún tipo de identificación previa, simulando ser clientes, compran los productos o servicios, y esperan que el comerciante de por sí le emitan factura legal; si este no lo hace, ellos labran un acta donde constatan lo sucedido y posteriormente las autoridades visitan el local con una orden judicial para clausurar por 3 días”, explicó Domínguez.