Asunción, IP.- El Ministerio de Trabajo. Empleo y Seguridad Social (Mtess) recuerda a los empleadores los requisitos a cumplir para poder acogerse a la suspensión temporal del contrato laboral; y que los empleados puedan acogerse a la compensación del Instituto de Previsión Social (IPS).
Entre ellos menciona que tendrá que estar inscripto como patronal ante el Mtess y el IPS. Igualmente, los trabajadores deben estar inscriptos en ambas instituciones.
Al presentar la suspensión en la plataforma Reop, se deberá seleccionar a los trabajadores afectados por la suspensión.
En el caso de haber presentado la suspensión, y los trabajadores no figuran en el sistema Reop, se los deberá inscribir en el Mtess. La inscripción se realiza en forma on line a través de la Plataforma Reop de manera rápida.
Este cumplimiento es importante a fin de que todos los trabajadores puedan recibir la compensación económica del IPS.