Asunción, IP.-La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General N° 62 por la cual reglamenta la forma en que los Agentes de Retención deberán ingresar los importes retenidos. La disposición entrará en vigencia el 1 de setiembre del corriente año.
La normativa dispone que los contribuyentes, titulares de créditos fiscales legítimamente reconocidos por la SET, solo podrán utilizarlos para la compensación de sus propios impuestos, y no para ingresar el importe de las retenciones impositivas que hayan practicado a otros contribuyentes en su calidad de Agentes de Retención.
Los montos de dichas retenciones deberán ser ingresados a la Administración tributaria en dinero, debiendo para el efecto, utilizar los medios de pagos habilitados.
Esta reglamentación surge como resultado del minucioso monitoreo realizado por la SET sobre la eficacia de las distintas herramientas utilizadas para el control y la recaudación de los tributos y a la vez dentro del plan operativo de la reglamentación gradual de los cambios introducidos mediante la Ley N° 5.061/2013.
