Aduanas construirá sede edilicia en inmueble concedido por la ANNP

Asunción, IP.- La Dirección Nacional de Aduanas (DNA) informó que tras la firma de un acuerdo con la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) la institución ya podrá usufructuar de manera gratuita un inmueble de la entidad portuaria, que se encuentra ubicada sobre la calle Montevideo, en la cabecera de la avenida Costanera.

El titular de la DNA, Julio Fernández y el presidente de la ANNP Ramón Retamozo, suscribieron el convenio interinstitucional por el cual la ANNP concede a la DNA el usufructo real y gratuito del mencionado inmueble.

Fernáncez destacó la importancia de la suscripción del presente documento, el cual permitirá el inicio de las obras de un complejo edilicio de aproximadamente 6 pisos, en el lugar, y que albergarán las dependencias  administrativas del organismo aduanero.

Agregó que a este emprendimiento se sumará posteriormente la construcción de otro edificio de 9 pisos –enfrente del primer complejo aludido-, con lo que se completarían los requerimientos de infraestructura edilicia que precisa la DNA para sus oficinas administrativas. “Gracias a la gentileza de la ANNP y a la predisposición de su presidente y su directorio, podremos tener algo que va ayudar muchísimo”, dijo.

Explicó que en la actualidad la dispersión de oficinas que acusa la Institución desencadena inconvenientes en la gestión. “Además, esto le dará una gran tranquilidad a los funcionarios que están afectados por el hacinamiento”, señaló.

Por su parte, el titular de la ANNP resaltó que el presente acuerdo constituye un paso institucional trascendental que redundará en un reciproco beneficio, para ambas entidades del Estado. Remarcó que el proyecto en alusión, tras ser presentado a nivel del directorio de la ANNP, obtuvo aprobación unánime de sus miembros lo que permitió la suscripción del convenio.

El plazo de vigencia del acuerdo es de 10 años contados a partir de la fecha de su suscripción, prorrogable por otro tiempo igual, en forma automática, sin que haya oposición alguna manifestada por nota, con 30 días calendario de anticipación a la fecha de finalización establecida para el presente.

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