Congreso remite al Ejecutivo modificaciones consensuadas en comisión de reforma penal

Asunción, IP.– La Cámara de Senadores aprobó hoy las modificaciones temporales consensuadas sobre tres artículos del Código Procesal Penal que buscan evitar el «colapso» del sistema judicial por la inminente vigencia de nuevas disposiciones sobre las prisiones preventivas.

Las distintas bancadas del Senado coincidieron en la necesidad de aprobar las modificaciones teniendo en cuenta la inminente entrada en vigencia de la modificación del artículo 245 del Código Procesal Penal, que devuelve a los jueces la atribución de observar y decidir los casos que ameriten o no la prisión preventiva.

Las modificaciones de los artículos 129, 141 y 251, que amplían los plazos para la imposición de medidas cautelares, así como la audiencia de sustanciación y el plazo para la liberación ficta de las personas, habían sido consensuadas por representantes de los tres poderes del Estado el martes, aprobado en Diputados ayer miércoles y ahora remitidas al Ejecutivo.

«Hay más de 3.000 personas privadas de libertad en situación de requerir audiencias de revisión, y con los mecanismos actualmente existentes eso podría colapsar y permitir libertad ficta a un sinnúmero de personas, incluso teniendo otras causas que justifiquen la prisión preventiva», dijo en la sesión de este jueves el senador Jorge Querey, manifestando el acompañamiento de la bancada del Frente Guasú a la inciativa.

Las modificaciones afectan al artículo 129, estableciendo que el plazo para la imposición de medidas cautelares sea contado en días y horas hábiles, el artículo 141 aumentando el plazo para la resolución ficta de 24 horas a 10 días hábiles, y el artículo 250 donde también se amplía el plazo para la audiencia de sustanciación de revisión de 48 horas a cinco días hábiles.

Estas modificaciones tendrán un carácter temporal, con vigencia hasta el 31 de enero de 2020, según establece el proyecto aprobado por el Congreso.

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