Diputados sancionaron ley que inhabilita a legisladores a ser rector

Asunción, IP.- La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley que reglamenta compatibilidades entre cargos docentes y parlamentarios. El documento será remitido al Poder Ejecutivo.

Por mayoría los diputados aprobaron, en su sesión ordinaria de este miércoles 11, el proyecto de ley “Que reglamenta los artículos 196, 2º párrafo, 241 y 254 de la Constitución Nacional (ejercicio parcial de la docencia y la investigación científica).

La iniciativa tiene como objetivo reglamentar mejor lo referido al ejercicio parcial de la docencia, que se entiende solo aquel que se realiza en horas cátedra y como educador o investigador en una institución educativa.

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Ramón Romero Roa, explicó que se trata de la reglamentación del ejercicio de la docencia por parte de parlamentarios, ministros del Ejecutivo y magistrados judiciales y específica el concepto del ejercicio de la docencia.

“Este proyecto conceptualiza el ejercicio parcial de la docencia para los funcionarios públicos con cargos de senadores, diputados, ministros del Ejecutivo y magistrados. En ese sentido, se establece que se entenderá como ejercicio parcial de la docencia y la investigación científica, solo aquel que se realiza en horas cátedra”, expuso.

A su turno, el diputado Víctor Ríos, actual rector de la Universidad Nacional de Pilar, calificó de absurdo que se considere el ejercicio de la docencia solo para aquel que se realiza en horas cátedra, pues hay docentes que solo tienen ocho horas cátedra y no todas las veces se encuentran en aula, sino también guían y asesoran en las tesis de los alumnos.

Comentó que este proyecto había sido presentado en 2007 por el entonces diputado liberal Juan Carlos Ramírez Montalbetti, pues en aquel tiempo él se preparaba para presentarse a las internas del Partido Liberal Radical Auténtico, por lo que la idea era “parar a este candidato”.

Sostuvo que con la redacción, estos docentes no podrán ser legisladores; y agregó que en la Ley General de Educación ya se define lo que se entiende por un educador.

Por último, manifestó que este proyecto no deroga los estatutos de las universidades, donde se expresa que el cargo de rector es cargo docente y compatible con otra función pública, por lo que el documento no impide, finalmente, que un rector o un decano puedan ser parlamentarios.

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