Disponen ajuste del arancel a la importación de baterías de motocicletas

Asunción, Paraguay, Agencia IP.- El Gobierno Nacional dispuso, a través del Decreto N° 5200/2021, el ajuste del arancel aduanero a las importaciones de baterías, identificadas bajo el código de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) 8507.10.10.

Esta medida surge a partir de la identificación del producto como de “uso exclusivo de motocicletas”, teniendo en cuenta las características técnicas del mismo.

Con este cambio de estatus, el producto que anteriormente formaba parte del universo automotor (no armonizado en el Mercosur) pasa a formar parte del universo armonizado del bloque, obteniendo las ventajas arancelarias correspondientes en el comercio intrazona.

En este sentido, a través del Decreto N° 5200/2021 se realiza el ajuste pertinente del nivel del arancel de importación aplicado a este tipo de baterías, pasando de 5% a 0% cuando la importación es originaria del Mercosur y de 10% a 18% cuando la importación es originaria del resto del mundo.

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