DNCP reglamenta procedimientos para comunicar contrataciones con recursos internacionales

Asunción, Paraguay, Agencia IP.- La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) reglamentó la comunicación y difusión de los procedimientos de contrataciones públicas realizadas con el apoyo de Agencias Especializadas u Organismos Internacionales.

La misma fue reglamentada mediante la Resolución DNCP N° 1968/2021 firmada por su director, Pablo Seitz, en ella la disposición más importante refiere que a partir de ahora todos los procesos de contratación realizados con apoyo internacional deberán ser con intervención obligatoria e indefectible de la DNCP, salvo que la comunicación del llamado se realice bajo normas establecidas en un Tratado o Convenio Internacional para la construcción de caminos, carreteras, escuelas, etcétera.

La DNCP podrá emitir observaciones a la entidad que tendrá la posibilidad de publicar el llamado con observaciones o no publicarlo, en ambos casos deberá expedirse sobre las observaciones.

Los plazos para la difusión de las convocatorias serán establecidos mediante las disposiciones de la Ley de Contrataciones Públicas de acuerdo al tipo de contratación que se pretenda realizar. Es importante mencionar que los convenios firmados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 6622/2020 se tramitarán de acuerdo al procedimiento especial previsto.

Cabe destacar que la publicación del llamado no implicará la aprobación de las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones, siendo las entidades convocantes las únicas responsables del cumplimiento del procedimiento exigido en esta resolución.

Compartir: