Ejecutivo objetó totalmente proyecto de ley nacional de tránsito

Asunción, IP.- El Poder Ejecutivo objetó totalmente el proyecto de Ley Nº 5799/2017 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, informó la Asesoría Jurídica de la Presidencia.  

En el decreto N° 7827 se menciona que el proyecto de ley modifica de forma y de fondo lo establecido por la norma vigente, definiendo conceptos de manera imprecisa, creando además un nuevo sistema para la programación de políticas, planes y programas de seguridad vial, otorgando facultades y atribuciones a la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, sin considerar el funcionamiento de otras instituciones que también regulan la materia.

Según el argumento con esta ley se verían profundamente afectadas varias instituciones que intervienen en el servicio de transporte y en el tránsito vehicular terrestre, como ser: Dirección Nacional de Tránsito (Dinatran), Viceministerio de Transporte, Dirección Nacional de la Patrulla Caminera, Policía Municipal de Tránsito dependiente de los Municipios de la República.

A la Patrulla Caminera se estaría privando de los ingresos que siempre fueron invertidos en dicha institución, circunstancia que atenta contra el objetivo que tiene la misma, al ver que cada día sus ingresos son reducidos por las transferencias que debe realizar, y con ello se ve reducida su acción para poder aumentar su capacidad de control.

En cuanto a los Municipios, el Proyecto de Ley N° 5799/2017 plantea modificaciones que atentan contra la autonomía municipal consagrada en el Artículo 168, Numeral 8) de la Constitución.

El Proyecto pretende concentrar en la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, a través de reglamentaciones, varios temas que son de competencia de las municipalidades, como es la expedición de las licencias de conducir; la inspección técnica vehicular; el uso de la tecnología en el control de las infracciones de Tránsito y el hecho de que las municipalidades deben dictar sus Ordenanzas conforme a la Reglamentación de la Agencia.

De acuerdo con el Poder Ejecutivo el proyecto de ley introduce cambios sustanciales en la estructura y organización de la Agencia Nacional de Tránsito, dejando de lado y cercenando a varias instituciones relevantes involucradas directamente en la temática vial, restando poder de decisión y recursos financieros para crear una superestructura bajo la autoridad de la Agencia Nacional.

El Ejecutivo también ha observado cuestiones no menores como lo establecido en el Artículo 19, Numeral 3) del Proyecto de Ley en cuanto a la regulación de la licencia de conducir, ya que la misma regula ciertos factores en contraposición a una legítima seguridad vial. La norma en estudio establece que la edad mínima para conducir vehículos será de 18 años y la edad mínima para conducir ciclomotores y motocicletas será de 16 años.

Por último, la norma así transcripta no ha tenido en cuenta que estadísticamente la mayoría de los accidentes de tránsito tienen como involucrados a personas de entre 15 a 29 años de edad, es por ello que el Poder Ejecutivo no estima conveniente legalizar la conducción de motocicletas por parte de menores de 18 años.

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