Ejecutivo pone en vigencia plan financiero para el ejercicio fiscal 2023

Asunción, Agencia IP.- El Poder Ejecutivo, a través del Decreto N° 8877/2023, pone en vigencia el Plan Financiero correspondiente al presente ejercicio fiscal y establece las normas y procedimientos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación (PGN) para el año 2023.

El Plan Financiero 2023 mantiene la cobertura de asignación financiera de la “Ley de Presupuesto General de la Nación-Ley 7050/2023” en lo que refiere a la FF10 “Recursos del Tesoro”.

En cuanto a la FF 30 “Recursos Institucionales”, se contemplan ajustes en las Coparticipaciones, específicamente con recursos provenientes del ISC–TABACO, FEEI e Impuesto Inmobiliario. Y en relación a la FF20 “Recursos del Crédito Público”, serán asignados conforme a los desembolsos previstos en los PBL respectivos.

El PLAN FINANCIERO mensual del presupuesto público servirá de referencia para la ejecución de los distintos programas de los Organismos y Entidades del Estado (OEE). Contiene la información cuantitativa de cada OEE y constituye una herramienta para analizar la viabilidad económica y financiera de los programas presupuestarios.

Para la ejecución del presupuesto del ejercicio fiscal 2023, los Planes Financieros Institucionales (PFI) aprobados por el mencionado Decreto servirán de marco de referencia para la programación de caja y la asignación de cuotas de la Tesorería General y Tesorerías Institucionales de los OEE.

Con respecto a la programación por Fuente de Financiamiento (FF), en Recursos del Tesoro (FF10) el mayor requerimiento para la Tesorería se presenta entre los meses de febrero y marzo, por monto aproximado de G. 3 billones.

En tanto que para Recursos del Crédito Público (FF20) entre los meses de febrero y marzo, por montos de G. 2 y 1 billones; y para Recursos Institucionales (FF30) entre los meses de febrero a abril, por montos de G. 8 y 6 billones.

Cabe mencionar que la programación a nivel PGN 2023, con todas las Fuentes de Financiamiento, si bien se presenta el mayor porcentaje en el mes de febrero, se mantiene la distribución entre el 12%, 10% y 9% durante el primer semestre del ejercicio fiscal 2023, de manera a que estas programaciones se encuentren ajustadas a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley N° 5098/2013 “De Responsabilidad Fiscal”.

El Ministerio de Hacienda, como ente rector en materia presupuestaria y financiera, orientará a los OEE en el proceso de ejecución presupuestaria y para el efecto podrá establecer porcentajes de migración mensual de saldos, a partir del mes de marzo, con la Fuente de Financiamiento 10 Recursos del Tesoro, Organismo Financiador 001 “Genuino”, en función a la recaudación efectiva.

El plan financiero se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://bit.ly/41sGxfd .

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