Ejecutivo promulgó ley de aumento del impuesto al tabaco

Asunción, IP.- El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº5.538 “Que regula las actividades relacionadas al tabaco y establece medidas sanitarias de protección a la población” y establece el aumento de la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo hasta el 20 por ciento.

Así lo informó este miércoles la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República.

Con este aumento se generará un mayor aporte fiscal, el cual se incrementará paulatinamente a fin de evitar un impacto negativo, a corto plazo, en las empresas del sector, las que dan trabajo a un número importante de compatriotas y así mantener un buen nivel de competitividad.

La mencionada Ley tiene por objeto establecer las medidas necesarias para proteger la salud de las personas de las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo del tabaco y de la exposición al humo de los productos del tabaco.

Por otro lado, se establece como autoridad de aplicación de la presente Ley a las Municipalidades de la República, en cooperación con la Policía Nacional, sin detrimento de la intervención respectiva de las demás instituciones en la esfera de su competencia: a) En materia de Salud Pública y Control Sanitario, al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; b) En materia tributaria, el Ministerio de Hacienda; c) En materia de producción agrícola de Tabaco al Ministerio de Agricultura y Ganadería; d) En materia de distribución, comercialización y defensa al consumidor, al Ministerio de Industria y Comercio.

Esta normativa además regula las medidas que el Estado implementará para instrumentalizar el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT – OMS), aprobado y ratificado por la Ley Nº 2969/2006.

En materia sanitaria esta Ley prevé la prohibición de toda forma de publicidad, promoción o patrocinio de productos de tabaco, a excepción de la comunicación realizada en los comercios y puntos de venta, conforme al convenio marco de la OMS para el control del Tabaco.

En materia de educación, el Ministerio de Educación y Cultura, por su parte, deberá incluir en los planes y programas de estudio en toda la República contenidos destinados a educar a los alumnos sobre los daños que provoca el consumo de tabaco.

Esta normativa, además prohíbe fumar, vaporear, vapear o fumar electrónicamente en establecimientos educativos,  sean abiertos o cerrados, en todo tipo de transporte de pasajeros incluyendo ascensores; como así también en los supermercados, centros comerciales, pubs, restaurantes, discotecas y bares.

Compartir: