Extienden exoneración para registro de comprobantes virtuales hasta septiembre

Asunción, Agencia IP.- La Subsecretaría de Tributación (SET) comunicó que se extiende el plazo en el que se exonera la no presentación de comprobantes electrónicos en el Sistema Marangatú, hasta el 30 de septiembre.

De igual manera, se amplían los contribuyentes que deberán cumplir con esta obligación conforme a la Resolución 117/2022.

Esto incluye a todas las entidades del Estado: organismos de la Administración Central y empresas públicas, al igual que gobernaciones, municipalidades y binacionales que no tributan el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Estas instituciones deberán registrar los comprobantes recibidos (compras o egresos) de forma individual desde enero de 2022. El procedimiento se realiza como Declaración Informativa en el portal Marangatú de la SET.

Los registros realizados por parte de estos deberán indicar la opción “No imputar” para cada comprobante de compras y/o egresos. De contar con comprobantes electrónicos y virtuales emitidos a los sujetos obligados, no deberán realizar la imputación.

Registro de comprobantes en forma virtual

Desde mayo del año pasado, la SET implementa el proceso de registro virtual de comprobantes para contribuyentes del IVA, del Impuesto a la Renta Personal (IRP) y del Impuesto a la Renta Empresarial Simple.

En una primera etapa, fueron sujetos obligados los contribuyentes designados como «Agentes de Información».

Desde enero de 2022, la disposición se amplió a todos los contribuyentes que cuenten con la obligación del IVA, quienes deben presentar los comprobantes junto con la declaración de este impuesto.

El registro de los comprobantes de ventas y compras se realiza de forma individual, o a través de la importación de archivos. Posteriormente, el contribuyente debe confirmar el registro dentro del plazo estimado.

La SET informó que hasta el 30 de septiembre la confirmación tardía de los registros no generará multa por incumplimiento tributario.

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