Hacienda trabaja en reglamentación de Ley para iniciar pagos de Pytyvõ 2.0

Asunción, Agencia IP. – El Ministerio de Hacienda trabaja actualmente en la reglamentación de la Ley N° 6587 que establece el programa “Pytyvõ 2.0” como salvaguarda los ingresos de los trabajadores en situación de informalidad con énfasis en ciudades de frontera, y otras medidas que impulsen la economía nacional.

El boletín remitido desde la cartera Fiscal refiere que el subsidio será por valor de hasta 500.000 guaraníes en cada pago realizado y podrá ser otorgado hasta cuatro (4) veces por el mismo monto, sujeto a la disponibilidad presupuestaria.

El Gobierno Nacional prevé concretar los primeros pagos del programa Pytyvõ 2.0 en el curso de este mes para trabajadores de ciudades fronterizas como Ciudad del Este, Pedro Juan Caballero, Salto del Guairá, Encarnación. Al respecto, el ministro de Hacienda, Benigno López, adelantó que el primer pago se realizaría el lunes 10 de agosto a más de 90.000 personas en el Departamento de Alto Paraná.

Añadió que la fecha tope de desembolso para todas las zonas del país mencionadas es el 20 de agosto. Aclaró que primero cobrarán aquellas personas de Alto Paraná que ya se habían anotado para la anterior ayuda estatal, pero que también podrán inscribirse las demás personas de ese Departamento, aunque no cobrarán aún en esa fecha.

De acuerdo a la Ley N° 6587, serán alcanzados por el subsidio los trabajadores por cuenta propia, trabajadores dependientes de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes); y trabajadores que, habiendo sido cotizantes del Instituto de Previsión Social (IPS), hayan sido despedidos durante la declaración del Estado de Emergencia Nacional, cuyas condiciones serán reglamentadas por el Ministerio de Hacienda.

También se establece en la Ley que podrán ser beneficiarios aquellos trabajadores con 18 o más años de edad, que no coticen a la seguridad social, que no sean funcionarios o contratados de algún organismo o entidad del Estado o de Entidades Beneficiarias.

El Ministerio de Hacienda podrá realizar la habilitación de cuentas en entidades bancarias, financieras, billeteras electrónicas u otra modalidad de pago, en cualquiera de las instituciones o Entidades de Medio de Pago Electrónico (Empes).

La Ley N° 6587, promulgada el pasado sábado 1 de agosto, faculta al Poder Ejecutivo a utilizar el saldo no ejecutado de la línea de crédito de 1.600 millones de dólares de la Ley de Emergencia Nacional por hasta 125 millones de dólares.

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