Ministerio de Trabajo asesora a empresas sobre variedad de modalidades contractuales

Asunción, Agencia IP.- El Ministerio de Trabajo (Mtess) informó que se encuentran realizando asesoramiento sobre las diversas modalidades contractuales que se pueden aplicar entre las firmas empleadoras y los trabajadores.

A través de la Dirección de Trabajo, la cartera estatal asesora a las empresas que deseen contratar a trabajadores en este periodo de emergencia sanitaria covid-19.

Entre las diversas modalidades figura el contrato de trabajo a tiempo parcial como también el de aprendizaje, el cual establece condiciones de relacionamiento entre los trabajadores y las empresas para un periodo de prueba. Asimismo están los contratos para jornaleros y por tiempo determinado.

El año pasado el Poder Ejecutivo dispuso la reglamentación de la Ley N° 6339 que regula el empleo a tiempo parcial, que establece un mínimo de 16 horas y un máximo de 32 horas semanales de trabajo. La mencionada Ley define como empleo a tiempo parcial al vínculo laboral entre trabajadores y empleadores del sector privado con el objeto de la realización de un trabajo por tiempo indeterminado, continuo, discontinuo u ocasional.

La finalidad de la norma es garantizar la protección de los trabajadores a tiempo parcial en cuanto a las condiciones de trabajo y la seguridad social. La regulación del trabajo de este segmento constituye el resultado del proceso de reflexión y dialogo social desarrollado por el Gobierno juntamente con las organizaciones empresariales y sindicales.

El Mtess junto al Instituto de Previsión Social (IPS) son las instituciones encargadas de velar por el estricto cumplimiento de la norma y de las reglamentaciones que correspondan al ámbito laboral y de seguridad social.  Las disposiciones no contempladas en la presente reglamentación se rigen por el Código del Trabajo y la Ley 6339 que regula el empleo a tiempo parcial.

También está vigente la figura de Contrato de Aprendizaje que son celebrados para la orientación y formación de las personas trabajadoras a partir de los 16 a 25 años. En esta modalidad de contrato los jóvenes reciben una remuneración no inferior al 60 por ciento del salario mínimo legal vigente y tienen que estar inscriptos en el IPS, siendo la base imponible el salario percibido. Este contrato puede tener una vigencia de un año y excepcionalmente prolongarse hasta 3 años.

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