Ministerio de Trabajo pone a disposición herramienta para calcular aguinaldo  

Asunción, IP.- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) puso a disposición de la ciudadanía una herramienta virtual para calcular el monto exacto del aguinaldo que los empleados deben percibir, por ley, antes del 31 de diciembre del año en curso.

Hasta la fecha un total de 90.000 trabajadores ya utilizaron la herramienta que contempla además el cálculo en el caso de los que perciben salarios variables y fijos. Para acceder a la herramienta puedes hacer click aquí.

El aguinaldo es equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que recibimos durante el año, es decir, incluye salario, horas extras, comisiones u otras, (no incluye bonificación familiar ni subsidio por maternidad) el empleador está obligado a abonar sus empleados antes del 31 de diciembre.

En caso de que el contrato termine, ya sea por renuncia voluntaria o despido, igual el trabajador debe percibir el aguinaldo de forma proporcional, junto con la indemnización.

Un punto importante a resaltar, es que el aguinaldo es inembargable y cuenta con una protección especial ante los descuentos, según establece el artículo 245 del Código de Trabajo.

La ley establece que este décimo tercer salario debe ser pagado antes del 31 de diciembre. De no ser así, el trabajador puede denunciar no haber recibido el pago a partir del 2 de enero.

El que desee realizar una denuncia debe presentarse en el edificio del Ministerio de Trabajo, ubicado sobre la calle Herrera esquina Paraguarí (Asunción), Planta Baja, en el departamento de Mediación en Conflictos Individuales dependiente de la Dirección del Trabajo. Allí se brinda la asistencia necesaria e incluso se puede realizar el cálculo de su aguinaldo. También están disponibles los números (021) 448-183 o al (0800) 117-300. Las llamadas pueden ser anónimas.

Estas denuncias exponen al empleador, en principio, a una inspección laboral que puede dar inicio a un sumario administrativo; en caso de que se constate el incumplimiento, se aplicará una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador.

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