Ministerio de Trabajo y MIC analizan legislación laboral para plataformas de movilidad y delivery

Asunción, Agencia IP.- El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) analizaron el proyecto de ley de regulación laboral de plataformas digitales de movilidad y reparto de domicilio con los directivos y representantes de estas empresas.

El objetivo de la cartera de Trabajo es alcanzar un consenso con los empresarios y los colaboradores una propuesta que se adecue a las particularidades del nuevo modelo de negocio.

La ministra de Trabajo, Mónica Recalde, y el viceministro de Mipymes del MIC, Gustavo Giménez, abrieron la mesa de trabajo que buscará definir la relación laboral entre las plataformas y las personas que ofrezcan los servicios a través de éstas.

Se baraja la posibilidad de proponer una naturaleza jurídica híbrida, que combine aspectos de relación de dependencia con principios de independencia, informó la cartera de Trabajo.

Para los servicios de movilidad se analizan propuestas que garanticen la autonomía y flexibilidad de los conductores y la seguridad para los choferes y usuarios del servicio.

Para los servicios de delivery, se buscará establecer normativas claras de seguridad social, cobertura de accidentes laborales, horas de trabajo, contrato por exposición de marca, entre otros.

Autoridades del Mtess recibieron a representantes de Bolt y PedidosYa.

Proyecto de ley

El proyecto de ley “Que regula el trabajo en empresas de plataformas digitales de movilidad y reparto a domicilio” es una iniciativa parlamentaria que se encuentra actualmente en estudio en la Cámara de Diputados.

El proyecto crea un Registro de Trabajadores de Empresas de Plataformas Digitales de Servicios, a cargo del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el cual se inscribe la información completa de las personas que trabajan y operan a través de plataformas digitales.

Establece, por otro lado, que las plataformas digitales de movilidad que operen en nuestro país, obligatoriamente, deberán contar, con un lugar físico de atención al público en una ubicación accesible y de fácil identificación.

La Comisión Nacional de Competencia (Conacom) emitió una opinión sobre el proyecto de ley, expresando su preocupación «en cuanto a la claridad de la normativa» para establecer regímenes diferenciados: uno civil para los conductores de servicios de movilidad y otra de contrato laboral para los repartidores.

En cuanto a la exigencia de un local físico para la atención al público, la Conacom opina que la medida puede constituir una barrera a la capacidad de competir ya que el servicio puede ser ofrecido a través de medios virtuales. En su lugar, propone que la atención al cliente este bajo supervisión de la autoridad de aplicación.

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