ONG’s deben destinar solo el 10% de recursos recibidos por el Estado para gastos administrativos

Asunción, Agencia IP.- El Presupuesto General de la Nación para el año 2023 (PGN 2023) establece que las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), asociaciones, fundaciones, instituciones sin fines de lucro deberán destinar como máximo solo un 10% a gastos administrativos.

El boletín detalla que el 90% de los recursos transferidos por el Estado para gastos misionales y/o inversiones inherentes deben ser invertidos en los Planes de Acción declarados en el proyecto presentado para el ejercicio fiscal en curso.

De acuerdo con el Capítulo II, artículo 7 de la Ley N° 7050, estas organizaciones no podrán destinar fondos o recursos del Estado a actividades distintas a las previstas en los Planes de Acción declarados en el proyecto presentado para el presente ejercicio fiscal.

El Plan de Acción debe incluir el Organismo o Entidad del Estado (OEE) con el que se relacionará misionalmente de acuerdo a la naturaleza de la entidad establecida en el Estatuto Social, cuando las mismas no reciban transferencias del Ministerio de Hacienda.

Las ONG deberán estar inscriptas en la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales, dependiente del Ministerio de Hacienda, y contar con las habilitaciones de funcionamiento requeridas por las disposiciones legales vigentes.

El PGN 2023 puede ser consultado en el siguiente enlace https://bit.ly/3II2gcp o bien ingresando en la web del Ministerio de Hacienda, en el sitio denominado “Temas de Interés”, en la margen superior derecha del portal institucional www.hacienda.gov.py

Compartir: