Reglamentación de Ley del Teletrabajo para el sector privado a cargo del Mtess

Asunción, Agencia IP.- El Ministerio de Trabajo (Mtess) se encuentra a cargo de la reglamentación de la Ley del Teletrabajo correspondiente para el sector privado. La misma estaría culminada para fines de junio y el lanzamiento del Programa Nacional de Teletrabajo se daría en julio por medio de una campaña comunicacional y capacitaciones.

A través de la Ley N° 6738 el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, estableció el Programa Nacional de Teletrabajo para promover, facilitar y monitorear la aplicación de esta modalidad contractual laboral en relación de dependencia.

En la misma se establece que están sujetos y protegidos por esta ley las personas que trabajen para entidades públicas y privadas. El teletrabajo es una modalidad de trabajo voluntario, flexible y reversible.

La Ley dispone el registro obligatorio del teletrabajo ante el Ministerio de Trabajo, que es la autoridad de aplicación de la misma. Este registro permitirá contar con datos estadísticos y guiar a empleadores y trabajadores en su correcta utilización.

La ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo, afirmó que la reglamentación de la Ley del Teletrabajo es muy importante ya que por primera vez en el Paraguay el teletrabajo se establece como modalidad legal permanente. «Hay que ir concienciando y educando a los empleados y empleadores para que puedan utilizarla de manera correcta y esta corriente sea positiva», refirió. 

Bacigalupo dijo que por medio de esta modalidad se podrán sostener los empleos y ayudará a que más mujeres puedan acceder a un empleo desde sus hogares ya que muchas de ellas no pueden abandonar sus casas para desplazarse ya que no pueden abandonar a sus hijos, entre otros. 

Así también la ministra refirió que la cartera a su cargo ya ha solicitado a la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (Mitic) y el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a que designen representantes técnicos para la conformación de la mesa insterinstitucional de trabajo establecida por la Ley.

La ministra en el curso de la entrevista concedida a Radio Nacional del Paraguay dijo que  los trabajadores que se desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo tendrán los mismos derechos y obligaciones que un trabajador que cumpla sus funciones de manera presencial. Así también dijo que el empleador es responsable de proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos o programas, capacitar el manejo y uso de los mismos.

 Cuando el teletrabajo se realice en el domicilio del teletrabajador, el empleador podrá realizar visitas para controlar el cumplimiento de las normas de salud y seguridad ocupacional, así como el mantenimiento de los equipos informáticos, previa notificación y calenderización acordada con el teletrabajador.

La ministra resaltó que la reglamentación estaría culminada para fines de junio para después ser enviada al Poder Ejecutivo. «El Programa Nacional de Teletrabajo será lanzado en el mes de julio con todas las instituciones involucradas y con varias acciones, no solamente el marco regulatorio sino con una campaña comunicacional y un curso de capacitación en línea que será dictado por el SNPP que abarcará todo lo relativo al teletrabajo», manifestó 

Sostuvo que esta modalidad puede llegar a ser una gran herramienta que ayude a reactivar el empleo. «Queremos que el teletrabajo sea positivo y llegue realmente a dinamizar el empleo en plena crisis como ya lo veníamos haciendo solo que careciamos del marco regulatorio», agregó finalmente la alta funcionaria de Estado. 

Para acceder a la Ley N° 6738 ir al siguiente enlace

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