Salario mínimo de G. 2.112.562 regirá desde el 1 de julio

Asunción, IP.- Mediante el Decreto Nº 9088, el Poder Ejecutivo dispuso el reajuste del 3, 5 por ciento de los sueldos y jornales mínimos de trabajadores del sector privado.

La medida se da en base al informe del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social por el cual se recomienda el reajuste en los salarios mínimos de los trabajadores de todo el país. El incremento es de G. 71.439.

Con el 3, 5 por ciento de incremento, el salario mínimo queda establecido en 2.112.562 guaraníes y el jornal mínimo en 81.252 guaraníes, que regirá a partir del 1 de julio del 2018, conforme lo establece el mencionado decreto.

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