SEAM sanciona al municipio asunceno por incumplimiento ambiental

Asunción, IP.- Este jueves la Secretaría del Ambiente (SEAM) resolvió sancionar a la Municipalidad de Asunción por la mala gestión de residuos e incumplimiento a obligaciones de licenciamiento ambiental constatada en el Mercado Central de Abasto. La multa impuesta al municipio asciende a 10.000 jornales mínimos diarios. 

En coincidencia con la Declaración de Contingencia Ambiental decretada por la SEAM, por Resolución 133/2018, se resolvió sancionar a la Municipalidad de la ciudad de Asunción por mala gestión de residuos e incumplimiento a obligaciones de licenciamiento ambiental.

Mediante la intervención realizada por funcionarios de la Dirección de Fiscalización Ambiental Integrada (DFAI) se pudo corroborar la inadecuada disposición de residuos que ya generaban lixiviado, olores fétidos y la proliferación de vectores además que los contenedores instalados en distintos sectores estaban colmatados de residuos vegetales.

Del mismo modo en el transcurso de las averiguaciones en el sumario, quedó evidenciado que el establecimiento no contaba con la licencia ambiental exigida para el tipo de actividades desarrollada en el lugar.

Foto: SEAM

Por tal motivo, la SEAM decidió dar por concluido el sumario administrativo instruido a la Municipalidad de Asunción como responsable del Mercado Central de Abasto, por infracción al artículo 11º de la Ley 294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental” en concordancia con los artículos 1º y 7º del mismo cuerpo legal, al artículo 33° Ley 3.956/09 “De Gestión Integral de los Residuos Sólidos en la República del Paraguay” y su reglamentación”.

La SEAM sancionó al municipio con el pago de una multa equivalente a 10.000 jornales mínimos diarios, por infracción artículo 11° de la Ley 294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental”, en concordancia con el artículo 33° de la Ley 3.956/09 De Gestión Integral de los Residuos Sólidos en la República del Paraguay, conforme a la Ley Nº 1.561/2000 y lo establecido en los artículos 6°, 7° del decreto 2.598/14.

Del mismo modo, la Resolución exige al Municipio, a que dé estricto cumplimiento a lo que establece las normas ambientales y las respectivas reglamentaciones, con la adecuación inmediata a las disposiciones relativas a evaluación de impacto ambiental y de gestión de residuos a partir de la notificación de la respectiva Resolución.

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