Senado da media sanción a ley que establece inscripción automática al RCP de paraguayos en el exterior

Asunción, Agencia IP.- La Cámara de Senadores aprobó este jueves  el proyecto de Ley «Que establece la Inscripción Automática en el Registro Cívico Permanente de ciudadanos paraguayos residentes en el Paraguay y en el Extranjero”, mediante el voto favorable de 25 legisladores.

Durante el debate, varios senadores se mostraron a favor de esta iniciativa que busca reconocer un derecho constitucional para que compatriotas en el extranjero puedan ejercer el voto.

En tal sentido, el senador Hugo Richer, vocero de la Comisión de Legislación, explicó que con esta ley se busca establecer la inscripción automática a personas mayores de 18 años residente en el país y en el extranjero, y que cuenten con cédula.

A su turno, el senador Blas Llano, apoyó la aprobación del documento y consideró que es un tema muy sensible para todos los paraguayos. “Como parlamentarios debemos ser capaces de reivindicar ese derecho fundamental universal que es el sufragio y tenemos que mandar una señal clave”, sostuvo.

La posibilidad de que los paraguayos residentes en el extranjero se autorizó por primera vez en 2011, año en que se realizó un referéndum sobre el tema. Las elecciones generales de 2013 fueron los primeros comicios en los que participaron votantes desde el exterior.

Durante el debate en el Senado, el legislador Enrique Salyn Buzarquis, dijo que una gran parte de los compatriotas que viven en el extranjero no forman parte ni participan de los destinos de la patria. “Es un derecho constitucional y deben participar en la toma de decisiones del país”, expresó.

Algunos artículos modificados

Durante su tratamiento, el proyecto de ley fue modificado en algunos artículos. Así, en el artículo 1° quedó estipulado que la ley tiene por objeto establecer la inscripción automática de los paraguayos y paraguayas residentes en Paraguay y en el extranjero, así como garantizar su pleno derecho al voto mediante el concurso del Ministerio de Relaciones Exteriores para la realización de los convenios internacionales que sean requeridos.

Mientras que, en el artículo 2° se establece la inscripción automática de todo ciudadano y ciudadana paraguayo mayor de 18 (dieciocho) años, que reúnan los requisitos para votar y que cuenten con cédula de identidad civil, en el Registro Cívico Permanente, dependiente del Tribunal Superior de Justicia Electoral.

Por otro lado, se menciona en el artículo 3° que este procedimiento se aplicará de forma permanente, en la medida que las personas cumplan la edad requerida. También para los ciudadanos mayores de 18 años que no estén inscriptos en el Registro Cívico Permanente al momento de la vigencia de la presente Ley.

Fueron modificados también otros artículos a propuesta de senadores de la Bancada del Frente Guasu y el legislador Lucas Aquino.

Cabe destacar que este documento fue impulsado por los senadores Carlos Filizzola, Sixto Pereira, Hugo Richer, Fernando Lugo y Esperanza Martínez.

El documento quedó aprobado con modificaciones y se remite a la Cámara de Diputados.

Compartir: