SET establece nuevas flexibilidades en cuanto al Registro de Comprobantes

Asunción, Agencia IP.- La Subsecretaría de Estado Tributación (SET) estableció que, hasta el 30 de junio de 2023, no constituirá un incumplimiento tributario la falta de confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes correspondiente al ejercicio fiscal 2022, por parte de los contribuyentes obligados al registro anual de sus comprobantes.

La SET puso a regir esta nueva flexibilidad mediante la Resolución General Nº 124/2023 a través de la cual se disponen medidas administrativas relacionadas a la confirmación de la presentación del registro de comprobantes, establecida en la Resolución General Nº 90/2021, con el propósito de facilitar el cumplimiento tributario.

Se aclara que esta medida no afecta a los contribuyentes obligados al registro mensual de los comprobantes, quienes deberán cumplir con la obligación conforme al Art. 7° de la Resolución General N° 90/2021.

No obstante, la normativa recientemente emitida también establece que, hasta el 31 de julio de 2023, no será aplicable la sanción por contravención a los contribuyentes que realicen en forma tardía el registro y la confirmación del talón de presentación en el Sistema Marangatu, posean estos la obligación del registro mensual y/o anual.

Quienes deseen consultar la Resolución General N° 124/2023 pueden hacerlo ingresando a la Web www.set.gov.py sección Normativas / Resoluciones / 2023 o en el siguiente enlace: https://bit.ly/3CCzoOB

Compartir: