Transportistas deben cumplir requisitos y realizar gestiones para el cobro del subsidio

Asunción, Agencia IP.- Tras el decreto del Poder Ejecutivo emitido ayer, que establece el incremento del subsidio para empresas transportistas del área metropolitana, las mismas deben cumplir con ciertos requisitos y realizar algunas gestiones para poder cobrar la asistencia correspondiente a marzo y abril.

El viceministro de Transporte, Víctor Sánchez, manifestó este martes que el decreto se dio para evitar un reajuste el precio del pasaje posterior a la suba de los combustibles, incluido el diésel.

“Ya tenemos el decreto y ahora los empresarios deben firmar algunos documentos. El subsidio es por los meses de marzo y abril, por la cantidad de pasajeros que tuvieron, el pago es de acuerdo al servicio prestado”, explicó Sánchez este martes en conferencia de prensa.

Refirió que la tarifa técnica es el costo real del pasaje y el subsidio la diferencia que se pagará finalmente y para ello se trabajó con los datos del Billetaje Electrónico, la cantidad real de pasajeros, las unidades que están trabajando en el sistema, el kilometraje y con todos estos datos se obtuvo los costos totales por kilómetro y el índice de pasajeros por kilómetro.

Cuadro adjunto

En ese sentido dijo que en el decreto N°5659 se mantienen los montos del pasaje del servicio del transporte público del área metropolitana y Asunción y se determina los montos para el régimen del subsidio establecido por el decreto N°5638.

Los costos del pasaje y del subsidio que se determinaron mediante la tarifa técnica se detallan en el cuadro adjunto.

En cuanto a los requisitos que deberán cumplir las empresas transportistas para poder cobrar los subsidios de marzo y abril son:

  • No operar con permisos cancelados o medidas cautelares
  • Contar con certificado de cumplimiento tributario
  • Contar con la Inspección Técnica Vehicular (ITV) aprobada
  • Certificado de cumplimiento con el seguro social del Instituto de Previsión Social (IPS)
  • Cantidad mínima de trabajadores inscriptos en IPS igual o superior al doble de cantidad de buses en flota
  • No tener deuda morosa con el Banco Nacional de Fomento (BNF)
  • Estar al día y sin mora con el canon
  • No adeudar en concepto de multas aplicadas al mes operativo anterior al mes solicitado
  • Las empresas deberán tener un rendimiento en intervalos establecido por el Viceministerio de Transporte (VMT)
  • Presentar cantidad de combustible utilizado con su factura legal vigente
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