Mades constató que empresa multada por contaminación de Laguna Cerro seguía operando

Asunción, Paraguay, Agencia IP.- El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) informó que tras fiscalizaciones realizadas pudo constatar que la empresa Waltrading S.A., seguía operando de forma totalmente ilegal pese a contar con restricciones.

Tras recibir la denuncia de vecinos del lugar, el Mades en conjunto con concejales municipales de Limpio, Policía Nacional y los propios denunciantes, fiscalizaron la empresa y constataron que Waltrading S.A., seguía funcionando de forma totalmente ilegal, ya que cuenta con una prohibición para seguir operando y además, el Ministerio del Ambiente había suspendido su declaración de impacto ambiental.

Se trata de la firma que se dedica al pelambre de cuero, ubicado en Piquete Cué – Limpio. Esta situación fue verificada desde la vía pública ya que nuevamente no permitieron el ingreso de los funcionarios de los intervinientes.

La firma cuenta con un sumario concluido en el marco de la investigación realizada por la contaminación de la Laguna Cerro, que arrojó sanción de una multa por más de 1.600 millones y la intimación a presentar un plan de remediación para la Laguna.

Durante el procedimiento, los técnicos escucharon movimiento de un motocargas, funcionamiento de algunas máquinas y el golpe con sonido a metal, todo esto dentro de un galpón a puerta cerrada. Asimismo, percibieron olores desagradables, aspectos característicos de la actividad de procesamiento de cuero vacuno.

Seguidamente fueron a la parte posterior de la planta lindante a la Laguna Cerro, donde desde la parte externa de la planta,  se observó la filtración de efluentes a través del muro dirigiéndose a la Laguna.

Todo lo actuado fue informado al Ministerio Público, para el procedimiento correspondiente en el plano judicial.

Waltrading se negó a recibir notificación

Este martes, el Mades quiso notificar a la firma Waltrading S.A., para que en el perentario plazo de 72 horas desde la recepción de la presente remitan al Mades un cronograma de acciones a ser realizadas para la recuperación de la Laguna Cerro, conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Resolución N° 262/2020, donde se disponen medidas que deben ser implementadas por el infractor.

Sin embargo, los funcionarios de la empresa se negaron a recibir el documento, por lo que el Mades decidió volver pero ya acompañado por un escribano, pero tampoco recibieron la notificación.

Cabe señalar que es la tercera vez que el ente ambiental solicita un plan de remediación a la empresa. La primera vez fue el 17 de agosto pasado, cuando se decidió la suspensión de la Declaración de Impacto Ambiental a la empresa.

La segunda fue cuando concluyó el sumario administrativo, que fue objeto de reconsideración por parte de la defensa, pero fue rechazada por la institución. Ahora, es la tercera vez que se solicita un plan para la remediar el daño causado.

Según los funcionarios del Mades, el portero se excusó de recibir el documento, pero que sacó una foto a la notificación y envió al abogado de la empresa. Supuestamente, el mismo rechazó recibir la nota.

Entre las medidas que el Ministerio del Ambiente ya impuso mediante sumario a la empresa y que esta mañana se negaron a recibir.

1- Mantener confinado el cuerpo de agua hasta la plena restauración de sus funciones ecosistémicas.

2- Retirar los sólidos sobrenadantes del cuerpo de agua y establecer su correcta disposición ambiental.

3- Presentar un Plan de Remediación del cuerpo de agua, que contenga entre las acciones a implementar lo siguiente:

a-) Tratamiento exsitu, la extracción total del líquido existente en la laguna,

b-) Tratamiento in situ aireación del medio confinado, cuerpo de agua de la laguna, el cálculo de concentración de contaminantes y la dilución requerida, eliminación y tratamiento de lodos del lecho de la laguna,

c-) Cronograma de todas las acciones a implementar para la recuperación biológica efectiva del cuerpo de agua,

4- Establecer un monitoreo de la calidad del cuerpo de agua confinado cada setenta y dos (72) horas, a fin de determinar si las acciones implementadas son efectivas o requieren de una nueva medida correctiva.

Cabe recordar que por Resolución N° 284, el Ministerio del Ambiente rechazó el recurso de reconsideración planteado por la Firma Waltrading S.A., contra el sumario concluido en su contra donde se resolvió multar a la firma mencionada, con 20.000 jornales mínimos, por ser la responsable de la grave contaminación de la Laguna Cerro, ubicada en Piquete Cué, Limpio. La autoridad ambiental había calificado el hecho como “Infracción gravísima”.

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