Asunción, Agencia IP.- La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) comunicó que está vigente la resolución que establece el control del ingreso de mercaderías bajo el Régimen del Despacho Simplificado de Tráfico Vecinal Fronterizo (TVF), en los puertos de Nanawa y Falcón.
La DNIT comunica a la ciudadanía en general que se encuentra vigente la Resolución DNA N° 1225/22, que establece el control del ingreso de mercaderías bajo el Régimen del Despacho Simplificado de Tráfico Vecinal Fronterizo – TVF. La gestión del TVF se aplica en forma cotidiana en Puerto Nanawa con total normalidad y desde hoy sábado 9/9/23, está habilitada también en Puerto Falcón.
La normativa establece que quienes ingresen mercaderías bajo el amparo del régimen TVF, deben tener en cuenta lo siguiente que el régimen aplica a artículos de primera necesidad, en cantidades razonables para el abastecimiento de la población residente en la zona fronteriza, limitada al universo de los bienes de uso o consumo personal o familiar. (Anexo Res. DNA 1225/22).
Actualmente el régimen abarca la zona fronteriza de hasta 20 kilómetros, paralela a la línea divisoria internacional. Asimismo, el valor máximo de operación por persona física es de USD (300) Trescientos Dólares Americanos, por mes.
Las mercaderías ingresadas bajo el régimen TVF deben ser registradas para su clasificación arancelaria en el Sistema lnformático SOFIA para el pago del tributo aduanero correspondiente.
El trámite del TVF en Aduanas es requisito para el ingreso de los productos afectados.
Es importante puntualizar que el Gobierno se encuentra analizando el régimen, con especial énfasis en lo relativo a los criterios de distancia/kilómetros paralela a la línea divisoria internacional a efectos de hacer más eficiente y dinámico no solo el tráfico sino también los procesos y controles.